1. Las disposiciones de 2026: el BESS es parte de tu instalación
Las baterías industriales (BESS, por sus siglas en inglés) asociadas a tu centro de carga se consideran parte de tus instalaciones. El BESS no requiere permiso de almacenamiento, siempre que la energía se use solo en tu planta, sin inyectarla ni venderla a la red.
Las disposiciones llaman a esta modalidad SAEE-CC: un sistema de almacenamiento asociado a un centro de carga, que comparte con tu planta el mismo punto de conexión. El permiso de almacenamiento de la CNE se exige a los sistemas de 0.7 MW o más que no están asociados a una central eléctrica ni a un centro de carga, y a los que participan en el Mercado Eléctrico Mayorista (artículo 193 del Reglamento de la Ley del Sector Eléctrico, citado en las disposiciones).
2. ¿Qué sí se requiere?
- El estudio técnico ante CENACE (el operador de la red) por la modificación de tu centro de carga.
- El cumplimiento del Código de Red, la NOM-001-SEDE-2012 y las normas técnicas que piden las disposiciones.
3. El sistema de ENEGRIN cumple IEC 62619 e IEC 62933-5-2
El sistema que instalamos está certificado en IEC 62619 e IEC 62933-5-2, normas que enumeran esas disposiciones.
4. ¿Quién hace los trámites?
ENEGRIN los gestiona como parte del proyecto.
Estima en el Simulador Ollin cuánto ahorraría tu planta con un BESS.
El simulador te pide crear una cuenta con tu correo de empresa. El ahorro real se mide cada mes, cuando el sistema ya opera en tu planta.